Fraude

febrero 17, 2012Derechos, Fuerza, Glosario, Ley, Valores1 min de lectura3 comentarios

La rescisión unilateral de un contrato implica el uso indirecto de la fuerza física: consiste, en esencia, en que un hombre reciba valores materiales, bienes o servicios de otro, y luego se niegue a pagar por ellos, manteniéndolos por la fuerza (por la mera posesión física), no por derecho, es decir, quedándoselos sin el consentimiento de su dueño. El fraude implica un uso indirecto de la fuerza que es similar: consiste en obtener valores materiales sin el consentimiento de su propietario, bajo falsos pretextos o falsas promesas.

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Fuente:

“La Naturaleza del Gobierno”, La Virtud del Egoísmo

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Miguel
Miguel

Israel yo soy jurista, te digo tampoco la rescision es lo que tu dices, la rescisión se produce por determinadas causas tasadas en la ley, y antiguamente en el derecho romano, la rescisión se producía en virtud de la llamada… Leer más »

Israel
Israel

El recibir bienes o derechos de otro y negarse a pagar por ellos no es rescisión, es incumplimiento de contrato. La rescisión se produce cuando, en un determinado momento de la relación contractual (y habiendo ambas partes cumplido sus respectivas… Leer más »

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